El autoconsumo colectivo industrial se posiciona como una alternativa real y eficiente para las empresas que tienen como objetivo mejorar su competitividad energética, reducir su dependencia del mercado eléctrico y contribuir a un modelo energético más sostenible y compartido.
Gracias al impulso normativo del RD 244/2019, la participación de varias industrias en una misma instalación de generación fotovoltaica ya es una realidad. No obstante, para su correcta implantación, es necesario entender su funcionamiento, los requisitos técnicos y legales, así como los beneficios económicos y estratégicos que ofrece.
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ToggleEs un sistema en el que varias empresas o industrias comparten una misma instalación de generación eléctrica —habitualmente fotovoltaica— para cubrir, total o parcialmente, su demanda energética. La energía generada se reparte entre los participantes según un acuerdo previo, cumpliendo con la normativa vigente.
Este modelo no solo permite un mejor aprovechamiento de los recursos solares disponibles, sino que también contribuye a optimizar la eficiencia energética en entornos industriales y a reducir los costes asociados a la infraestructura eléctrica.
Integrarse en un sistema de autoconsumo colectivo permite a las empresas:
Además, en zonas industriales con alta concentración de empresas, este modelo se convierte en una herramienta estratégica para maximizar el aprovechamiento de espacios disponibles (cubiertas, aparcamientos, terrenos sin uso) y repartir de forma eficiente las inversiones.
Para poder formar parte de un sistema de autoconsumo colectivo, deben cumplirse los siguientes requisitos:
Todos los consumidores asociados deben encontrarse dentro de un radio máximo de 2.000 metros respecto al punto de generación y estar conectados a la misma red de baja tensión o media tensión, según corresponda.
Es necesario formalizar un acuerdo de reparto de energía, donde se define el porcentaje de participación de cada consumidor. Este reparto debe mantenerse estable a lo largo del tiempo, aunque puede modificarse mediante comunicación a la distribuidora y la CNMC.
La instalación debe estar registrada como instalación de autoconsumo colectivo, y cada participante debe figurar en el registro de consumidores. Este proceso se gestiona a través de la distribuidora y la Comunidad Autónoma correspondiente.
Se requiere un sistema de monitorización que garantice un reparto adecuado de la energía generada. Además, es aconsejable contar con un gestor energético o una empresa especializada que supervise el funcionamiento sistema.
Las instalaciones de autoconsumo colectivo pueden conectarse mediante red interior, líneas directas o a través de la red pública. En caso de optar por esta última opción, será necesario cumplir alguna de estas condiciones específicas establecidas en el Real Decreto 244/2019:
Existen dos modalidades principales:
Permite verter a la red la energía sobrante, compensando económicamente al usuario a través del mecanismo de compensación simplificada. Es la opción más común en entornos industriales con demanda variable o alta generación.
El sistema está equipado con un mecanismo antivertido que evita el vertido de energía a la red. Esta opción puede ser recomendable en casos donde no sea la inyección de excedentes, ya sea por motivos legales o técnicos, o si se busca una mayor autonomía energética.
El reparto debe ser establecido por escrito entre los participantes y tiene implicaciones técnicas, fiscales y operativas. Este acuerdo define:
Este acuerdo debe ser comunicado a la empresa distribuidora, que se encargará de aplicar el reparto según el consumo horario registrado.
La implantación de un sistema de autoconsumo compartido ofrece ventajas directas a medio-largo plazo para las empresas participantes:
Al consumir energía directamente generada, se reduce la necesidad de adquirirla de la red y los costes asociados. En instalaciones bien dimensionadas, el ahorro puede superar el 30%.
Este modelo permite reducir la dependencia de los precios volátiles del mercado eléctrico, al mismo tiempo que proporciona autonomía frente a posibles interrupciones o problemas de suministro.
Ofrece un marco estable de costes energéticos, facilitando la planificación financiera y la toma de decisiones de inversión.
Reduce las emisiones de CO₂ cumpliendo con los criterios de sostenibilidad cada vez más exigidos por clientes, administraciones e inversores.
Participar en un modelo energético compartido mejora el posicionamiento corporativo y refuerza el compromiso con la transición energética.
El autoconsumo reduce la demanda de energía importada a través de la red, contribuyendo a una gestión más eficiente del sistema eléctrico.
En RDS acompañamos a industrias y agrupaciones empresariales en la implantación de sistemas de autoconsumo colectivo, gestionando todo el proceso desde la fase de estudio hasta la ejecución, legalizacióny mantenimiento.
Con nosotros, el autoconsumo compartido no es solo una alternativa energética, sino una decisión estratégica rentable y legalmente segura.
El reparto de energía puede modificarse siempre que se notifique a la distribuidora. Es recomendable establecer cláusulas en el acuerdo inicial para cubrir estas situaciones.
Sí. El reparto se establece en función del porcentaje acordado, y puede adaptarse a las características y necesidades energéticas de cada empresa.
Dependerá de la complejidad de la instalación y de los trámites con la administración y la distribuidora, pero el plazo medio oscilará entre 4 y 6 meses.
Sí. Existen programas regionales y nacionales que apoyan económicamente la inversión en autoconsumo, incluyendo proyectos colectivos. Es clave contar con asesoramiento técnico y fiscal especializado.